Comunicación pago de haberes mes de abril 2020

Se informa a todos aquellos agentes de la Dirección General de Cultura y Educación cuyo sistema de percepción de haberes habitual sea Ticketera Abierta que, al no encontrarse el mismo habilitado nuevamente para el haber 04/2020, se prevén en esta oportunidad las siguientes posibilidades:

  1. Si la persona posee una cuenta bancaria activa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y la misma no ha sido informada a la DGCyE, se recibirá información certificada por dicha entidad bancaria a fines de poner a disposición de las personas los correspondientes haberes en ESA CUENTA. Es posible gestionar la nueva cuenta DNI de BAPRO HASTA EL DIA 6 DE MAYO a fines de ser relevada y tenida en cuenta para la transferencia de los haberes en esa cuenta.
  2. Si la persona no posee una cuenta bancaria activa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires al día 7 de mayo SE PAGARA A TRAVES DE PUNTO EFECTIVO, tal como ocurrió en el haber 03/2020. Para efectivizar esto, deberá cumplimentar la registración en el sitio ABC con datos actualizados, creando a su vez una cuenta de correo electrónico compuesta por una de las combinaciones disponibles entre su nombre apellido y la extensión @abc.gob.ar. A través de la misma, Red Link enviará los PINs correspondientes.
    IMPORTANTE: Para aquellas personas en que haya estado disponible su haber 03/2020 a través del sistema Punto Efectivo durante el mes de abril, y no se haya generado una cuenta bancaria previo al 7 de mayo, el haber 04/2020 estará disponible de igual forma que en la liquidación anterior y no deben realizar ningún tramite.

Debe tenerse en cuenta que los cobros por Ticketera Abierta correspondientes al haber 02/2020 que no hayan podido ser efectuados a tiempo por decretarse a nivel nacional el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, han sido reliquidados para su percepción en el mes de mayo.

Adicionalmente, a quienes corresponda la Retribución Especial por cese en este período, se informa que se intercambiará información con el Instituto de Previsión Social a fines de transferir los fondos correspondientes a las cuentas en las que sean depositados sus haberes jubilatorios en forma habitual, evitando de tal manera la concurrencia a entidad bancaria.