Asignaciones Familiares

NOVEDAD IMPORTANTE, INSTRUCTIVO Y TABLA DE MONTOS:
El presente instructivo completa la política en materia de asignaciones familiares para el año 2021, la que se inició con incrementos en los rangos de ingresos que dan derecho a la percepción de las prestaciones en los meses se marzo, julio y septiembre del corriente año, los que se han plasmado en el Decreto N° 333/21.
Instructivo para el incremento de Asignaciones Familiares 2021

Documentación para solicitar Asignaciones Familiares – DGCyE y SIAPE (Decreto 1460/12)

La percepción de un ingreso superior a pesos treinta y seis mil ochocientos cuatro ($36.804) de forma individual excluye al grupo familiar del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando en la totalidad de los ingresos no alcance el límite máximo establecido de  $73.608.

Todos aquellos agentes que perciban o deseen percibir Asignaciones Familiares deberán ingresar en el Portal http://servicios.abc.gov.ar/lainstitucion/asignaciones_familiares/ donde se encuentra la reglamentación y en el link: http://portal.rrhh.gba.gov.ar para registrarse en el Portal de la Subsecretaria de Capital Humano MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, donde se realizará la carga de los datos correspondientes a la DDJJ, requisitos necesarios para efectuar el trámite.

Además deberán presentar indefectiblemente la siguiente documentación respaldatoria  la cual será refrendada por autoridad competente del Consejo Escolar.

Documentación que deberá entregar por:

Salario por hijo:

l. Copia de DDJJ registrada en SIAPE, autorizada, si es de Sede Central por autoridad Ad m inistrativa o si es de Consejo Escolar por Secretario Técnico o Presidente. Siempre se autoriza el beneficio solicitado en el reverso de la DDJJ (observaciones), indicando mes y año desde el cual se requiere.

2. Copia Certificado de Matrimonio o Unión Convivencial.

3. Acta/s de Nacimiento de hijos.

4. Hijo Discapacitado: Fotocopia de Certificado médico actualizado expedido por Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires o Certificado Único de Discapacidad (CUD) y certificación de ANSES e IPS donde se manifieste si es beneficiario de pensión por discapacidad. Adjuntar recibo de la misma en caso de percibirla.
Agregar Información Sumaria declarando la situación civil y laboral del hijo discapacitado, cuando el mismo tenga más de 18 años, la cual puede  ser realizada por la madre, padre o tutor legal, cuando la discapacidad así lo requiera. Esto último no se solicitará cuando se tenga la Curatela v igente, agregar copia.

5. Certificación Negativa de ANSES del Declarante y del Cónyuge o Conviviente, desde la fecha que solicita las asignaciones familiares.

6. Ingresos del CÓNYUGE O CONVIVIENTE:

• Si es DESOCUPADO O CHANGARÍN: Información sumaria ante el Juez de Paz, donde se indique que no trabaja en relación de dependencia o está desocupado, aclarando desde cuando se encuentra desempleado o realizando changas. La misma tiene vigencia por un (1) año, o hasta  que se modifique su situación. Además  deberá  presentar  certificación  mensual emitida por ANSES donde conste si percibe Prestación por Desempleo, (si percibe agregar Recibos) y/o Asignación Universal por Hijo.
Si es trabajador DEPENDIENTE DE ORGANISMO ESTATAL: certificación donde consten ingresos brutos y recibo de haberes.
Si es trabajador DEPENDIENTE DE ORGANISMO PRIVADO: certificación donde consten ingresos brutos  y recibo de haberes.
Si es MONOTRIBUTISTA Y/O AUTÓNOMO: constancia de inscripción/opción AFIP donde conste la categoría a la cual pertenece.
Si es EXCOMBATIENTE O INCAPACITADO: certificación de ingreso mensual (Recibos de Pensión de IPS y/o ANSES).
Si es JUBILADO Y/O PENSIONADO: recibos de haberes Nacionales, Provinciales, Municipales o de C.A.B.A.
Otros INGRESOS del declarante: se certificarán según el caso mediante recibos de sueldo (de empleo estatal o privado), constancia de inscripción/opción AFIP (Monotributista y/o Autónomo), recibos de Beneficio Previsional (Prestaciones Contributivas y/o no Contributivas), etc.

7. Si el que solicita es el PADRE: adjuntar Ingresos de la esposa o conviviente (ítem 7) y autorización donde conste que delega o cede el cobro de las asignaciones familiares a su cónyuge/conviviente, certificada ante Juez de Paz o Escribano Público. Si la esposa o conviviente es Ama de Casa, deberá declararlo mediante Información Sumaria ante Juez de Paz o Escribano Público, la misma tiene vigencia por un (1) año, o hasta que se modifique su situación y también deberá autorizar que las asignaciones familiares, sean abonadas al padre de sus hijos.

8. Solicitantes SOLTERAS: Deberán acreditar su situación civil actual, tener a sus hijos a cargo y su condición de único sostén de hogar, mediante Información Sumaria efectuada ante Juez de Paz, Escribano Público o Autoridad Competente.

9. Solicitantes DIVORCIADOS: Fotocopia de la Sentencia de Divorcio donde conste quien ejerce la  Tenencia de los hijos.

10. Solicitantes SEPARADOS O NO CONVIVIENDO AL MOMENTO DE LA PRESENTACIÓN: Certificarlo mediante Información Sumaria ante Juez de Paz, Escribano Público o Autoridad Competente, indicando desde que fecha se encuentra separada y quien tiene la tenencia de los menores.

11. Solicitantes VIUDOS/AS: certificado de defunción del cónyuge, información sumaria realizada ante Juez de Paz declarando que no percibe Pensión y certificación negativa expedida por ANSES e IPS .En caso de cobrar Pensión, adjuntar recibo del ingreso mensual.

12. Recibo de sueldo (COULI).

13. Certificado de Escolaridad por cada hijo, original (Formulario 831).

14. En duplicado completo (una copia para el Consejo Escolar y otra para el Departamento Asignaciones Familiares).

Menor en Guarda o Tutela:

• Igual documentación de salario por hijo más Guarda, Tenencia o Tutela otorgada por Autoridad Judicial competente al solicitante de las asignaciones familiares.

Nacimiento:

1. Puntos 1 a 12 de Salario por Hijo, según corresponda.

2. Para percibir esta asignación se requerirá una antigüedad míníma y continuada de 6 (seis) meses anteriores a la fecha del nacimiento.

3. Por duplicado (una copia para Consejo Escolar y otra para el Departamento Asignaciones Familiares).

Adopción:

1. Puntos 1 a 12 de salario por hijo

2. Certificado de Nacimiento del menor con el apellido de los padres adoptantes.

3. Fotocopia autenticada de Testimonio de Sentencia de Adopción .

4. Para el goce de esta asignación se requerirá una antigüedad  mínima y continuada en el empleo de 6 (seis) meses anteriores a la adopción.

5. Por duplicado (una copia para el Consejo Escolar y otra para el Departamento de Asignaciones Familiares).

Matrimonio:

1. Copia de DDJJ registrada en SIAPE, autorizada, si es de Sede Central por autoridad Administrativa o si es de Consejo Escolar por Secretario Técnico o Presidente. Siempre se autoriza el beneficio solicitado en el reverso de la DDJJ (observaciones), indicando mes y año desde el cual se requiere.

2. Certificado de Matrimonio.

3. Puntos 2,5,6,12 de salario por hijo. Si la esposa es Ama de Casa presentar Información Sumaria efectuada ante Juez de Paz o Escribano Público declarando tal situación.

4. Para percibir esta asignación, se requerirá una antigüedad  mínima y continuada de 6 (seis) meses anteriores a la fecha del matrimonio.

5. Por duplicado (una copia para el Consejo Escolar y otra para el Departamento Asignaciones Familiares).

Prenatal:

1. Copia de DDJJ registrada en SIAPE, autorizada, si es de Sede Central por autoridad Administrativa o si es de Consejo Escolar por Secretario Técnico o Presidente. Siempre se autoriza el beneficio solicitado en el reverso de la DDJJ (observaciones), indicando mes y año desde el cual se requiere.

2. Cumplir puntos 2,5,6 y 12 de salario por hijo.

3. Certificado médico original donde conste fecha probable de parto.

4. Si el solicitante es hombre: Presentar Certificado de Matrimonio o si no están casados Certificado de convivencia con más de 5 años de concubinato. Si la esposa o conviviente trabaja en relación de dependencia en  el ámbito estatal o privado deberá solicitarlo siempre ella ante su empleador. Si la esposa o conviviente es Ama de Casa, deberá declararlo mediante Información Sumaria ante Juez de Paz o Escribano Público, la misma tiene vigencia por un (1) año, o hasta que se modifique su situación. El agente masculino deberá adjuntar autorización y situación laboral de la esposa o conviviente, realizada ante Juez de Paz o Escribano Público.

5. Para el goce de esta asignación se requerirá una antigüedad mínima y continuada de 3 (tres) meses, el no cumplimiento de este requisito no impide el cobro de los meses restantes. El embarazo deberá ser declarado a partir del tercer mes de gestación. La misma cesará con el parto y no corresponderá cuando la presentación de la documentación se realice con posterioridad al parto.

6. Por duplicado (una copia para el Consejo Escolar y otra para el Departamento Asignaciones Familiares).

Baja de Salario Familiar:

1. Copia de DDJJ registrada en SIAPE, autorizada, si es de Sede Central por autoridad Administrativa o si es de Consejo Escolar por Secretario Técnico o Presidente. Siempre se autoriza el beneficio solicitado en el reverso de la DDJJ (observaciones), indicando mes y año desde el cual se requiere.

2. Recibo de sueldo (C.O.U.L.I.).

3. Nota aclarando motivos de la baja.

4. Por duplicado (una copia para el Consejo Escolar y otra para el Departamento Asignaciones Familiares).

Toda la información detallada podrán consultarla a través del siguiente link: https://prezi.com/p/v8tqwqah4z9l/

Descarga:
Manual de Declaración Jurada para Asignación Familiar
Instructivo para el incremento de Asignaciones Familiares 2022