Comunicado sobre Juntas Médicas

Se comunica a todos aquellos agentes que hayan solicitado LICENCIA o READECUACION DE TAREAS a través de la aplicación Mis Licencias y dicha solicitud fue derivada a JUNTA MÉDICA, y que pertenezcan a algún Grupo de Riesgo de acuerdo a lo que establecen la Resolución N° 207/2020 del Ministerio de Trabajo de la Nación y, complementariamente, la Resolución N° 90/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires que:

No deberán concurrir a Junta Médica por estar alcanzados por las dispensas a la presencialidad laboral por pertenecer a un GRUPO DE RIESGO. Sólo en estos casos la Junta Médica se resolverá de manera administrativa, debiendo presentar por la aplicación la documentación requerida para que pueda ser analizada.

Cabe destacar que los grupos de riesgos establecidos en tales Resoluciones son:
• Personas que tienen las siguientes enfermedades respiratorias crónicas: enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
• Personas que tienen las siguientes enfermedades cardíacas: insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
• Personas con diabetes.
• Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
• Personas inmunodeficientes o inmunosuprimidas.
• Personas en tratamiento oncológico.
• Personas con obesidad mórbida.
• TrabaJadoras Embarazadas.

Los casos de agentes con SOLICITUD DE LICENCIA O READECUACION DE TAREAS que no pertenecen a los grupos de riesgo deberán realizar la Junta Médica en FORMA PRESENCIAL.

Todos los agentes al solicitar la licencia o el cambio de tarea deberán presentar:
1) Certificado médico con resumen de historia clínica actualizado, indicando diagnóstico, tratamiento y evolución esperada del cuadro.
2) Estudios médicos actualizados o certificada su validez por su médico, indicando en el RESUMEN DE HISTORIA CLINICA, que los estudios con los que cuenta el paciente reflejan la situación actual del mismo y no se requiere nueva evaluación.
3) En el caso de pertenecer a grupo de riesgo y no ser esa patología la que motiva la licencia o cambio de tareas debe incorporar también Ia documentación que acredita pertenecer a grupo de riesgo.